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28 marzo 2010

El Delito de Estupro y La Ley de Violencia Sexual

Fuente: Edición electrónica diario "elPeriódico" del 28 de marzo 2010
Autor: Marta Sandoval [msandoval@elperiodico.com.gt]

Karla iba a buscar unos discos. El muchacho que había conocido hacía unos meses le ofreció prestárselos. Él paró un tuc tuc [moto-taxi] “están en la casa de un amigo, aquí cerca, no tengás pena”, le aseguró. Karla de 15 años, se subió al vehículo. Llegaron a una casa vacía, Karla tuvo miedo de entrar pero él insistió. Una vez dentro la violó.

Sus relaciones continuaron. “Tu sos mi amor”, le decía a veces, “si le decís a tus papás algo malo le va a pasar a tu hermano”, agregaba otras veces. Ella se volvió a acostar con él, esta vez quedó embarazada.

Sus padres denunciaron al muchacho. Pocos meses después una juez determinó que no había delito y absolvió al hombre. Eso a pesar de que la niña era menor de edad y él tenía 19 años.

Con la antigua ley este caso se hubiera podido considerar estupro mediante engaño y probablemente la sentencia hubiera sido distinta. Pero con la nueva Ley de Violencia Sexual y Trata de Personas, el estupro quedó despenalizado. “Ahora todos esos delitos, el estupro y los abusos deshonestos fueron integrados en la figura de agresión sexual”, explica Norma Cruz, de la Fundación Sobrevivientes, “sin embargo, hay una mala interpretación por parte de los jueces, están dejando en impunidad estos delitos por la mala interpretación”, agrega.

“El estupro quedó despenalizado, pero de alguna manera, muy jalada, quedó subvenido en el tema de la violencia sicológica”, argumenta Angélica Valenzuela del Centro de Investigación, Capacitación y Apoyo a la Mujer (CICAM), querellantes adhesivos en la caso de Karla.

En la actual ley se considera violación siempre que la víctima tenga menos de 14 años, si tiene más de 14 sólo se comete violación si media violencia física o sicológica. “Esa labor de convencimiento es violencia sicológica, cuando el hombre está convenciendo a la niña para que se acueste con él”, explica Valenzuela.

“Los legisladores incluyeron una definición bien amplia de violencia sicológica o moral, que vuelve casi todo acceso carnal en esas condiciones como un hecho típico constitutivo de delito”, explica Pablo Villeda, de la Misión Internacional de Justicia (MIJ), el reto es conseguir que los jueces lo comprendan así.

Mala Interpretación
La antigua ley contemplaba que siempre que se tuviera relaciones sexuales con una niña menor de 12 años se cometía violación, la nueva sube la edad a los 14 años. La antigua ley contemplaba penas mínimas, conmutables por dinero, la nueva es más fuerte. La antigua ley no consideraba violación el sexo oral o anal, la nueva sí.

“El problema no es de la ley sino su aplicación y lo poco preparados que nos encontrábamos en Guatemala para su implementación”, explica Villeda, “todavía existen resabios de los criterios de interpretación a la luz de las disposiciones derogadas. Hemos empezado a ver algunas acciones de persecución penal apropiadas y algunos fallos judiciales con buen criterio. Sin embargo, hemos visto aplicaciones erróneas que han provocado injusticia para las víctimas”, agrega.

Cruz comenta que ya se habló con representantes del Organismo Judicial (OJ) y que ellos prometieron emitir una circular en la que se aclare a los jueces qué es la violencia sicológica y cómo deben juzgar ahora el caso, que antes se consideraba como estupro.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Hola... he leído algo sobre el estupro, ya que he conocido de un caso en el que una persona (hombre) de 30 años ha tenido relaciones con una mujercita de 15, según he entendido hay penas cuando el/la adolescente tiene menos de 14 años, pero hay un apartado en el que menciona "estupro mediante engaño" la ley es clara diciendo que se incurre en este delito SI existe engaños como promesa de matrimonio para lograr el objetivo de la relación sexual, sin embargo en este caso el hombre ha sido claro con la niña de que no tiene intenciones de casarse con ella, supongo por algun tipo de admiracion de ella hacia él o por el simple hecho de que ella quiere llevar una vida sexual activa, ella le permite con todo su consentimiento e incluso ella misma lo invita a tener relaciones, la pregunta es si en este caso se le puede acusar del delito de estupro, yo estoy muy molesto pues me parece que no es correcto que exista una relación de este tipo. Saludos y gracias.